Corte condenó a empresa de buses por viaje que no llegó a destino

La empresa fue condenada a pagar al consumidor la suma total de $385.000, que incluye la restitución del dinero pagado por los pasajes y una indemnización por los perjuicios ocasionados.

Coyhaique.- La Corte de Apelaciones de la ciudad de Coyhaique, tras revocar fallo en primera instancia, condenó a la empresa Buses Becker a restituir a un consumidor el valor de los pasajes comprados por un viaje que no llegó a destino, y al pago de una indemnización.

Los hechos se originaron el día 27 de julio de 2022, cuando el afectado compró 5 pasajes para toda su familia, por la suma de $140.000, para trasladarse desde la localidad de Chaitén con destino a la ciudad de Coyhaique.

Cuando iban en pleno viaje, al llegar a la zona de Queulat, el bus presentó un desperfecto mecánico, específicamente en la batería, quedando en panne.

Tras el incidente, todos los pasajeros debieron descender del autobús y embarcarse en diversos vehículos que transitaban por el sector para retomar su viaje.

No obstante, el consumidor y su familia no pudieron tomar un transporte durante más de dos horas de ocurrido el hecho. Hay que considerar que en el sector no había señal de celular, por lo que no pudieron contactar a familiares o amigos para que fueran en su auxilio.

Ante el daño provocado, el consumidor interpuso un reclamo ante el SERNAC, junto con presentar una denuncia ante la justicia, instancia donde el Servicio se hizo parte.

Tras analizar los antecedentes del caso, el Juzgado de Policía Local de Coyhaique, rechazo los argumentos del consumidor y del SERNAC, quienes acusaban la responsabilidad de la empresa en el incidente.

El tribunal de primera instancia señaló que fue un caso fortuito producto del mal tiempo imperante en la zona, por lo que no era previsible. Producto del fallo negativo, el SERNAC apeló ante la Corte de Apelaciones de Coyhaique.

El tribunal de alzada revocó la sentencia de primera instancia, determinando que la empresa Buses Becker infringió la Ley del Consumidor al no cumplir con su obligación de entregar un servicio con estándares de calidad y seguridad, al no tomar las medidas adecuadas para evitar este tipo de situaciones.

Es un hecho público y notorio que en la región durante la temporada de invierno imperan condiciones climáticas más desafiantes, que la falla de la batería por bajas temperaturas no debió ocurrir, ya que debió haber adoptado medidas preventivas para evitar tal desperfecto, se estableció en el fallo.

A lo anterior, la Corte determinó que la empresa fue negligente al no contar con un sistema de comunicación alternativo, como, por ejemplo, radial.

Finalmente, la Justicia aplicó una multa de 1 UTM y ordenó a Buses Becker restituir al afectado la suma de 185.000, que incluye los reajustes e intereses.

Además, obligo a la empresa de transporte a compensar al consumidor afectado con $200.000 por la afectación emocional como consecuencia de haber quedado en panne, en plena carretera austral, en temporada invernal, sin comunicación y debiendo trasladarse por su cuenta con su grupo familiar hasta la ciudad de Coyhaique.

La Directora Regional del SERNAC, María Francisca Ortiz, explicó que “la Ley de Consumidor señala que las empresas deben ser profesionales, lo que implica que deben entregar un servicio con estándares de calidad y seguridad y respetar las condiciones establecidas en el servicio, y en caso de ocurrir algún problema, deben ser diligentes y dar respuesta oportuna a los consumidores, lo que en este caso no ocurrió”.