La empresa fue sentenciada al pago de una indemnización a un consumidor por casi $960 mil por el daño provocado.
Coyhaique.- El Juzgado de Policía Local de Coyhaique condenó a la empresa multinacional Bosch a pagar una indemnización a un consumidor por la venta de un calefont que dejó de funcionar en pleno invierno en la región de Aysén.
Los hechos comenzaron el día 22 de octubre del 2021, cuando el afectado se acercó a la tienda de Bosch ubicada en la comuna de Providencia, Región Metropolitana, con la intención de comprar un calefont para su casa ubicada en la ciudad de Aysén.
Antes de realizar la compra, el consumidor le indicó al vendedor, de manera reiterada, que el artefacto era para instalarlo en Aysén, ciudad que registra muy bajas temperaturas durante el invierno, por lo que solicitó un kit anti heladas.
No obstante, el vendedor le señaló que no era necesario dicho kit, pues el artefacto estaba fabricado para funcionar correctamente ante bajas temperaturas, indicando que ya otras personas habían comprado el producto con el mismo destino, funcionando sin problema, por lo que el consumidor accedió a realizar la compra del artefacto Hydrocompact, modelo E314305, pagando un monto de $659.704.
Al principio, el calefont funcionó sin problemas, pero llegado el invierno del año 2022, dejó de funcionar.
Tras ello, el consumidor reclamó ante la empresa, pero una nueva vendedora le informó que debía comprar un kit para bajas temperaturas, por un valor de $51.000, a lo que accedió.
Sin embargo, el kit despachado no correspondía al modelo del calefont, por lo que se lo cambiaron por otro, pero este nuevo tampoco sirvió. Finalmente, no tuvo respuestas de la empresa, quedándose en invierno, sin poder utilizar el aparato.
Ante esta situación, el consumidor presentó un reclamo ante el SERNAC, pero la respuesta de la empresa fue negativa, por lo que el afectado denunció el hecho ante la justicia, instancia donde el Servicio se hizo parte.
El Juzgado de Policía Local de la ciudad de Coyhaique, al conocer los antecedentes, determinó que la empresa no respetó la Ley del Consumidor, al actuar en forma negligente y no darle una respuesta al afectado.
Finalmente, el tribunal condenó a la empresa al pago de una indemnización al consumidor de $300 mil por el daño moral provocado, esto es, las molestias al no poder utilizar el aparato, más un monto de $659.704 correspondiente al daño material directo, esto es, el valor pagado por el aparato. En definitiva, la empresa fue condenada al pago de una indemnización de $959.704 al afectado.
Además, le aplicó una multa de 10 UTM, esto es, alrededor de $632 mil, a beneficio fiscal, por infringir la Ley del Consumidor.
La Directora Regional del SERNAC, María Francisca Ortiz, explicó que este fallo confirma que los consumidores tienen derecho a que las empresas sean profesionales y a respetar los derechos de los consumidores, y en caso de cualquier incumplimiento, deben dar respuesta oportuna, y en caso contrario, deben responder ante la justicia, tal como ocurrió en este caso.