Pdta. (s) de la Corte de Coyhaique “La Ley de entrevistas videograbadas es un enorme avance para ellos y para la justicia”

La presidenta (s) de la Corte de Coyhaique, ministra Alicia Araneda, valoró la promulgación de la ley que establece un sistema de entrevistas videograbadas para niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos graves. Recordando que “el Poder Judicial desde el año 2013 inicio un proyecto de este tipo para los tribunales de Juicio Oral en lo Penal para toma de declaraciones. Contando a la fecha con 44 salas en todo el país y se espera implementarlas en los Juzgados de Garantía y Mixtos, junto con la capacitación necesaria de los jueces en la materia”.
Coyhaique.- La ministra Araneda expresó que esta ley “permitirá la grabación del testimonio del niño, niña o adolescente en dos instancias: durante la etapa de investigación del delito y, luego, en la etapa judicial. Los registros podrán ser utilizados las veces que sea necesario por fiscales y jueces, evitando que la víctima menor de edad deba testificar en más ocasiones, como es en la actualidad”.

La ministra que en marzo próximo asume la presidencia del tribunal de alzada coyhaiquino durante el periodo 2018-2019 agregó que “este es un gran avance dado que la forma que se trata a niños víctimas en esta clase de delitos era un tema muy discutido entre los jueces, Ministerio Público y Defensoría Penal Pública. Con esta ley podremos conciliar los intereses en la protección de los niños que estaban siendo maltratados por el propio sistema. Esta ley alcanza soluciones técnicas que son muy razonables y nuestro Poder Judicial podrá de manera gradual implementarla y dar un trato justo, reparador y digno a los niños”.

Aplicación de la Ley

La ley estipula que la entrevista en la instancia investigativa será realizada por un entrevistador certificado designado por el fiscal, en un espacio físico especialmente acondicionado para ello. Respecto de la declaración judicial, el sistema propuesto contempla que el niño, niña o adolescente preste su declaración en una sala especial, distinta de aquella en que se encuentran los intervinientes y público. Estará sólo con su intermediario (que según su edad puede ser un entrevistador certificado o el juez presidente de sala), quien le formulará las preguntas solicitadas en la sala de una manera adecuada. Además, la ley establece que las personas que desempeñarán funciones de entrevistador e intermediario judicial deberán contar con una formación especializada y estar acreditados en un registro especial, que será administrado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

La implementación de la ley se realizará en tres etapas. La primera entrará en vigencia 6 meses después de publicarse el reglamento y comprenderá las regiones XV, I, II, VII, XI y XII.

La segunda etapa será dieciocho meses después y abarcará las regiones III, IV, VIII, IX y XIV. Por último, la tercera entrará en funciones veinticuatro meses después en las regiones V, VI, X y Metropolitana.