Confirman fallo que condenó a 3 años y un día de presidio a autor del delito de abuso sexual de menor de edad

La Corte de Coyhaique rechazó el recurso de apelación presentado en contra de la sentencia que condenó a Luis Nolberto Lucero Mansilla a la pena efectiva de 3 años y un día de presidio, como autor del delito de abuso sexual impropio de menor de 14 años. Ilícito perpetrado en agosto de 2016, en Puerto Aysén.
Coyhaique.- En fallo unánime (causa rol 50-2018) la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Alicia Araneda, Sergio Mora y Pedro Castro– ratificó la resolución impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, el 21 de marzo pasado, que denegó sustituir el cumplimiento efectivo de la pena por la libertad vigilada intensiva.

“(…) estos sentenciadores concuerdan con la conclusión a que arribaron los jueces del voto de mayoría, puesto que a su juicio, el sólo informe social acompañado por la Defensoría, no contiene los elementos suficientes que permitan estimar que una intervención individualizada, según lo exige el artículo 15 en relación con el artículo 16 de la antes citada ley, garantice su efectiva reinserción social, que es el objetivo que se persigue con esta normativa especial”, sostiene el fallo.

“(…) por estas consideraciones y visto lo dispuesto en la Ley 18.216, modificada por la Ley 20.603, y 358 y siguientes y 370 b), todos del Código Procesal Penal, se declara que no se hace lugar al recurso de apelación deducido por la defensa del sentenciado Luis Nolberto Lucero Mansilla y, en consecuencia, SE CONFIRMA la sentencia, de fecha 21 de Marzo de 2018, en lo apelado, en cuanto por ella no se impuso pena sustitutiva alguna de la Ley 18.216 al referido encartado”, concluye.