La Corte de Coyhaique rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa y confirmó la medida cautelar de prisión preventiva de Matías Alejandro Foitzick Gallardo, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de robo con violencia. Ilícito perpetrado en junio pasado, en local comercial de la ciudad.
Coyhaique.- En fallo unánime (causa rol 144-2018), el tribunal de alzada –integrado por los ministros Alicia Araneda, Sergio Mora y Pedro Castro– confirmó la resolución apelada, dictada por el Juzgado Garantía de Coyhaique, por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
“Teniendo presente el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes; estimándose que la medida cautelar de prisión preventiva que mantuvo la juez, mediante la resolución apelada, aparece proporcionada en relación al ilícito por el que se ha formalizado al imputado Matías Alejandro Foitzick Gallardo y, considerando, especialmente, la naturaleza y carácter del delito, la forma de comisión, y habiéndose, además, reunido antecedentes que acreditan, hasta ahora, la existencia de dicho ilícito y la participación del mencionado imputado, motivos por los cuales la libertad de éste resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada al delito que se le imputa y, atendido lo dispuesto en los artículos 122 y 140 Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha 5 de Septiembre de 2018, en cuanto por ella se mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva, en contra del imputado Matías Alejandro Foitzick Gallardo”, consigna el fallo.