Sancionan a empresa que mantuvo trabajando 46 días a guardia de seguridad en el sector de Puerto Cisnes

Multa aplicada a contratista de una empresa salmonera supera los 11 millones de pesos. Una sanción levemente superior recibió la empresa principal.

Aysen.- Incumplimientos laborales y deficientes condiciones sanitarias fueron las causales de la multa por más de 11 millones de pesos aplicada por la Dirección del Trabajo a una empresa de seguridad que mantuvo trabajando durante 46 días seguidos a un trabajador en el sector de Puerto Cisnes, región de Aysén.

El trabajador cumplía sus turnos en un pontón de un centro de cultivo de una empresa salmonera y aunque su descanso lo ejercía en tierra, mantuvo ininterrumpida su jornada de trabajo durante 46 días, hasta que la noche del domingo 19 de abril un fiscalizador de la Inspección Comunal del Trabajo de Puerto Cisnes lo detectó en su lugar de trabajo, tal como lo señalaba la denuncia que motivó la acción inspectiva.

Verificada esa y otras infracciones laborales y de higiene y seguridad, la fiscalización in situ concluyó con la suspensión de esa función específica cumplida por parte de la empresa de seguridad, la que hasta esta fecha no ha solicitado el levantamiento de la medida a través de la acreditación de la corrección de las infracciones.

El lugar donde el trabajador realizaba su labor de vigilancia es el centro de cultivo Punta Aguada, de la Empresa AquaChile, la que también fue sancionada.

Así, la empresa contratista Segfish Chile SPA fue sancionada por un total de 160 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) y 15 Ingresos Mínimos Mensuales (IMM no remuneracionales), equivalentes a sus valores de mayo a $11.158.370; en tanto, la empresa principal AquaChile, fue infraccionada por un monto de 120 UTM y 26 IMM, equiparables a $11.415.980.

La directora regional del Trabajo, Victoria Sierra, enfatizó que “hemos finalizado el proceso de fiscalización, las multas ya fueron notificadas tanto a la empresa contratista como la principal, por tanto, podemos decir que como institución que resguarda los derechos de los trabajadores, hemos estado a la altura de los hechos, en estos tiempos tan complejos, cumpliendo nuestra misión institucional, llegando a los trabajadores que se encuentran en situaciones de mayor precariedad y que muchas veces no están en condiciones de efectuar las denuncias correspondientes”.

A su vez, la seremi del Trabajo y Previsión Social, Andrea Ponce, afirmó que “hace algunas semanas dimos a conocer junto a la directora del Trabajo, una lamentable situación en la que se encontraba un trabajador, guardia de seguridad de un pontón, esto después de la fiscalización que realizó la Inspección del Trabajo. Queremos indicar que el procedimiento ya terminó, y que tal como lo señalamos en ese entonces, luego podíamos dar a conocer el resultado. Pues bien, queremos contarles que ambas empresas, tanto la empresa principal, como la empresa contratista, fueron sancionadas con altas multas. No es posible que hoy día nos encontremos con trabajadores que están siendo vulnerados en sus derechos a ese extremo”.

Ponce además añadió sobre las denuncias y fiscalizaciones, “Queremos pedir y solicitar a todos quienes nos están escuchando, que están en una situación similar, a que coloquen las denuncias en la Inspección del Trabajo. Y si alguien tiene conocimiento de manera directa o indirecta, también lo haga. Además, debemos ser solidarios en ese sentido; no importa que estemos pasando hoy día esta triste situación producto del coronavirus, que nos mantiene aislados. Nosotros vamos a seguir fiscalizando y realizando nuestro trabajo mientras un trabajador o trabajadora siga prestando sus servicios en la calle”, concluyó.

Detalle de las multas

A la empresa “Soc. de servicios en seguridad Segfish Chile SPA” se le aplicaron 5 multas por infracciones a las normas laborales, de higiene y seguridad, reguladas tanto en el Código del Trabajo, como en el Decreto Supremo N° 40 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el D.F.L. Nº 2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y el Decreto Supremo N° 594 de 1999, del Ministerio de Salud.

Cuatro de ellas totalizan 160 Unidades Tributarias Mensuales, y la otra alcanza los 15 Ingresos Mínimos Mensuales No Remuneracionales, dado que se trata de infracciones que tutelan la seguridad y salud de los trabajadores. Estas multas se pueden agrupar en las siguientes temáticas:

• Distribuir la jornada de trabajo en más de seis días.
• No tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.
• No informar a los trabajadores de los riesgos que entrañan sus labores, las medidas preventivas pertinentes y los métodos de trabajo correcto, tanto para las actividades de guardia marítimo como los riesgos asociados, las medidas preventivas y los métodos de trabajo correcto en relación al Covid-19
• No mantener en el establecimiento o faena, toda la documentación que deriva de las relaciones de trabajo, necesaria para efectuar las labores de fiscalización.
• No contar en el lugar de trabajo con agua potable o purificada de uso individual destinada al consumo humano, necesidades básicas de higiene y aseo personal

A la vez, a la empresa principal AquaChile se le aplicaron 3 multas, reguladas en los mismos preceptos legales ya explicados. Dos de ellas suman 120 UTM y la tercera, alcanza los 26 IMM.

Las materias sancionadas son:

• No mantener la empresa principal las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y salud de todos los trabajadores en la faena.
• No vigilar como empresa principal el cumplimiento que le corresponde a las empresas contratistas y subcontratistas, en cuanto a obligación de informar a sus trabajadores de los riesgos que entrañan las labores que ejecutarán los guardias de seguridad marítimo, las medidas de control y prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos adicionales a los riesgos por pandemia sanitaria de covid-19.
• No exhibir toda la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo.