Beneficios de Ley de Alivio Tributario para Mipymes vencen el 31 de marzo

Tesorería General de la República (TGR) informa a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) que tienen plazo hasta el 31 de marzo próximo para acogerse a los beneficios de la Ley 21.514, sobre normalización de deudas de impuestos fiscales y territoriales. Originalmente, los beneficios de esta Ley tenían vigencia hasta el 30 de abril de 2023, pero fueron extendidos hasta el 31 de marzo de este año.

“Esta Ley permite repactar deudas tributarias adquiridas entre el 31 de octubre de 2019 y el 30 de abril de 2022 y ha sido de gran ayuda para mejorar las condiciones financieras de las 143.291 Mipymes, de las cuales 76 mil han accedido a los beneficios de pago contado y más de 67 mil Mipymes quienes han celebrado convenios de pago, contribuyendo de esta manera a la reactivación económica del país”, manifestó el Tesorero General de la República, Hernán Nobizelli.

La autoridad señaló a modo de ejemplo que “una Mipyme con una deuda acumulada de $4.400.000 aproximada debería pagar $6.400.000 con multas e intereses. Al suscribir el convenio, se podría ahorrar eventualmente, según su comportamiento, $1.700.000. Luego el capital base adeudado lo puede pagar en cómodas cuotas de hasta 48 meses”.

El 31 de marzo es domingo, pero ello no implica que los interesados no puedan suscribir el respectivo convenio con TGR, mediante la plataforma web institucional (www.tgr.cl). Para acceder a estos beneficios los contribuyentes tienen la opción de dar un pago inicial del 3%, o incluso del 0%, en el caso de deudas morosas acumuladas entre las fechas mencionadas (31 de octubre de 2019 y 30 de abril de 2022).

El botón para acceder al trámite estará disponible hasta la medianoche de ese día. Alternativamente, pueden hacer el trámite de manera presencial, hasta el jueves 28 de marzo, hasta las 14 horas, en alguna de las 51 oficinas TGR, en todo el país.

Para acceder a estos beneficios los contribuyentes tienen la opción de dar un pago inicial del 3%, o incluso del 0%, en el caso de deudas morosas acumuladas entre las fechas mencionadas (31 de octubre de 2019 y 30 de abril de 2022).