A pocas horas del inicio de Fiestas Patrias, Carabineros de Chile recuerda a la comunidad forma correcta de instalar el pabellón nacional, cuyo izamiento es obligatorio durante los días 18 y 19 de septiembre.
De conformidad a la Ley 20.537 -promulgada el año 2011- en su artículo 2° sobre el uso e izamiento del Pabellón Patrio, establece que: “la Bandera Nacional podrá usarse o izarse sin autorización previa, cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones que reglamentan su uso o izamiento”, evitando de esta manera exponerse a infracciones que oscilan entre una y cinco UTM.
Según la normativa, la bandera debe ser instalada en un asta de color blanco y situarse al tope del mástil.
Asimismo, se autoriza su uso en posición extendida, de forma vertical u horizontal. En ambos casos, el cuadro azul con la estrella, debe quedar situado en todo momento en la esquina superior izquierda del espectador.
Carabineros de Chile –según el artículo 4°- de la citada normativa es quien fiscalizará el cumplimiento de las normas que regulan el uso o izamiento del Pabellón Nacional.
La bandera que hoy rige en nuestro país fue concebida por el Ministerio de Guerra del gobierno del Libertador General Bernardo O’Higgins, José Ignacio Zenteno y legalizada por el Decreto Ley del 18 de octubre de 1817, siendo el modelo que se utilizó en el juramento a la Independencia de Chile en 1818.