Tras una denuncia interpuesta por la Dirección Regional del SERNAC de Coyhaique, la justicia condenó a Naviera Austral al pago de una multa de 50 UTM, esto es, más de $3 millones, por no responder a un oficio donde se le solicitaba información.
A través de un requerimiento de información, el Servicio pidió a la Naviera Austral una serie de antecedentes relacionados con reclamos ingresados por consumidores donde indicaban que habían tenido problemas de consumo con el servicio recibido.
No obstante, pese a lo que establece la Ley, la empresa no entregó los antecedentes solicitados por el SERNAC, por lo que el organismo, haciendo uso de sus facultades, denunció el hecho ante el Juzgado de Policía Local de Coyhaique.
Tras analizar los antecedentes, el tribunal estableció que la Naviera Austral infringió la Ley del Consumidor al no proporcionar la información requerida por el Servicio, aplicándole una multa de 50 UTM, esto es, $3.097.700, sentencia que fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique.
La Directora Regional del SERNAC, María Francisca Ortiz, enfatizó que las empresas tienen la obligación de cumplir estrictamente con las disposiciones que establece la Ley del Consumidor, entre ellas, de responder al Servicio en tiempo y forma cada vez que el organismo solicita información.
La normativa, en su artículo 58, establece que el SERNAC puede solicitar información básica comercial a los proveedores cuando considera que pueden estar siendo afectados los derechos de los consumidores o esté desarrollando alguna investigación relacionada con problemáticas de consumo.
De acuerdo con la legislación los proveedores están obligados a proporcionar al SERNAC los antecedentes y documentación que les sean solicitados por escrito y que sea estrictamente indispensable para ejercer las atribuciones que les corresponden.