Destacan despacho al Senado de Proyecto de Ley que crea el Estatuto de Protección al Denunciante

El proyecto refuerza el delito de denuncia calumniosa, de modo de cautelar el buen uso del mecanismo, así como amplía el deber de denuncia de los funcionarios públicos a todo el personal de la Administración del Estado.

Coyhaique.- De manera unánime por 130 votos a favor, la Cámara de Diputados despachó al Senado, el proyecto de ley del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que crea un Estatuto de Protección al Denunciante, en el marco de la Agenda Anti Abusos, iniciativa que crea un canal digital de denuncias, que operará en la Contraloría General de la República, para que cualquier persona natural o funcionario público pueda denunciar hechos de corrupción que se cometan en el Estado, en caso de estar en conocimiento de ellos.
Dicha iniciativa otorga el derecho al denunciante de solicitar la reserva total de su identidad, lo cual es esencial para protegerlo de eventuales actos de represalias u hostigamientos, esto dado que una vez revisada la denuncia por la Contraloría General de la República, ésta podrá ordenar investigaciones o sumarios, y si los hechos revistieren carácter de delito, tendrá que ponerlos en conocimiento del Ministerio Público, en cuyo caso, deberá siempre mantener la reserva de identidad de la persona que efectuó la denuncia, en caso de haber sido solicitada.
Ahora, si el denunciante fuera un funcionario público (de planta, contrata u honorarios), éste podrá solicitar que la Controlaría disponga medidas de protección adicionales, con el objeto de prevenir actos que afecten su indemnidad o estabilidad laboral. En ese sentido, la iniciativa castiga hasta con la destitución a aquellos funcionarios públicos que adopten acciones de hostigamiento en contra del denunciante, o en contra de quien declare como testigo en una investigación administrativa o ante la justicia.
El Seremi de Justicia y DD.HH Luis Prieto se refirió a este importante avance señalando que “esperamos que avance con el máximo de celeridad en el Senado este proyecto de ley, ya que aborda un aspecto práctico muy relevante, como lo es la protección del denunciante, de modo tal que cualquier funcionario de la Administración del Estado, no se inhiba de ejercer su deber de denuncia frente a un acto de corrupción del cual tome conocimiento”.
Finalmente, y en cuanto al espectro de aplicación, el proyecto incluye a todas las instituciones descritas por el artículo 1º de las Bases Generales de la Administración Pública, es decir: ministerios, intendencias, gobernaciones, órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de una función administrativa, incluidas las Fuerzas Armadas, de orden y seguridad, los gobiernos regionales y las municipalidades, que se encuentren sujetas a la fiscalización de la Contraloría General de la República.